Resolución de 15 de enero de 2019, de la Dirección General del Catastro, por lo que se aprueba el régimen de establecimiento y funcionamiento de los Puntos de Información Catastral (B.O.E. de 25 de enero de 2019), modificada por la Resolución de 19 de diciembre de 2023 (B.O.E. de 11 de enero de 2024).
¡IMPORTANTE! Cumplimente este formulario y pulse el botón "Imprimir documento" al final del mismo para obtener en formato PDF el documento que debe enviar electrónicamente al órgano del Catastro que autorizó el Punto de Información Catastral (la Gerencia correspondiente o la Dirección General del Catastro, en el supuesto de Puntos de Información Catastral ubicados en el territorio del País Vasco y en la Comunidad Foral de Navarra o en sedes de Misiones diplomáticas de España en el exterior).
Los documentos impresos con la opción "Imprimir" del navegador no son válidos.
Expediente
DATOS DEL REPRESENTANTE DE LA ADMINISTRACIÓN, CORPORACIÓN O ENTIDAD PÚBLICA
Deberá consignar los datos de la persona titular del órgano, Administración o entidad correspondiente (Alcalde, Presidente, Director, Consejero...)
icono errorError:
icono errorError:
icono errorError:
icono errorError:
EMPLEADO/S PÚBLICOS PROPUESTOS PARA LA GESTIÓN DEL PUNTO DE INFORMACIÓN CATASTRAL
icono errorError:
icono errorError:
icono errorError:
icono errorError:
icono errorError:
icono errorError:
icono errorError:
icono errorError:
icono errorError:
icono errorError:
icono errorError:
icono errorError:
icono errorError:
icono errorError:
icono errorError:
icono errorError:
icono errorError:
icono errorError:
icono errorError:
icono errorError:
icono errorError:
icono errorError:
icono errorError:
icono errorError:
icono errorError:
icono errorError:
icono errorError:
icono errorError:
icono errorError: